La aprobación en el Congreso de una enmienda transaccional de EH Bildu con PSOE y Podemos para que la Inspección de Trabajo pueda pronunciarse sobre la concurrencia de las causas aducidas por una empresa que quiera acogerse a un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) supone para las patronales CEOE y Cepyme una “traición” al acuerdo que alcanzaron con el Gobierno en el diseño de la reforma laboral. A través de un comunicado conjunto publicado este miércoles, ambas organizaciones creen que este movimiento de última hora rompe con “la buena fe” negociadora que los empresarios mantuvieron con el Ministerio de Trabajo durante la elaboración del nuevo marco de relaciones laborales, y en el que se acordó retirar esta potestad de la que disponía la Inspección como gesto para lograr el consenso.
“Los empresarios españoles consideramos que la enmienda transaccional aprobada por el Ministerio de Trabajo para reponer el control de las causas en los despidos colectivos es una traición al acuerdo alcanzado en la reforma laboral”, indica el comunicado. “En la medida que este asunto fue debatido en los trabajos de la reforma laboral, y apartado de mutuo acuerdo en aras del consenso, la actuación del Ministerio a través de la enmienda de EH Bildu supone una ruptura de la buena fe negocial, imprescindible en todo proceso de negociación, que obliga a las partes a respetar y defender los acuerdos alcanzados, actuación que invalida al Ministerio de Trabajo como interlocutor fiable”, añade.
Frente a este cambio de parecer del departamento que dirige la vicepresidenta tercera, Yolanda Díaz, y mientras que no se produzca “una rectificación”, CEOE y Cepyme rechazan la interlocución con Trabajo por entenderla como “tramposa y contraria a la buena fe”.
La enmienda aprobada en la Comisión de Trabajo modifica el artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores en el que se aborda el despido colectivo. Con este cambio, la Inspección deberá constatar que la documentación presentada por cualquier empresa que quiera acogerse a un ERE se ajusta a los requerimientos exigidos en función de la causa concreta a la que aluda para iniciar el proceso de despido. Actualmente, esta verificación no es necesaria, puesto que quedó eliminada durante la reforma de 2012 que aprobó el Gobierno del PP de Mariano Rajoy, y no fue incorporada en el nuevo texto a iniciativa de las organizaciones empresariales.
Para EH Bildu, esta recuperación de derechos por parte de la Inspección supone devolver uno de los “elementos centrales” que eliminó la anterior reforma, para, en su opinión,“facilitar los despidos colectivos”. De hecho, el partido vasco defiende que esta modificación le da al organismo “un papel decisivo en la supervisión y el control de los despidos colectivos” para que obedezcan “a causas objetivas”.
Más elementos de control
Con la nueva redacción del artículo del Estatuto de Trabajadores, se establece que tras notificarse la comunicación del despido, la Inspección de Trabajo dispondrá de 15 días para elaborar un informe, sin posibilidad de prórrogas, y que se incorporará al procedimiento. La aportación del organismo de control de las relaciones laborales servirá para que los jueces dispongan de otro elemento más para evaluar si concurren o no las causas que permiten la realización de un proceso de despido colectivo.
Con todo, además de considerar este cambio de parecer como un quebrantamiento de las condiciones del pacto alcanzado a finales de diciembre del año pasado, los patronos señalan que esta interferencia en las decisiones empresariales puede no estar amparada por la Constitución. “Advertimos que esta modificación, que tiene como fin intervenir las decisiones empresariales, es contraria a la Constitución y al derecho a la libertad de empresa y contraviene la normativa europea, que no admite una regulación que sustraiga al empresario la facultad decisoria como establecen numerosas sentencias, entre otras, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 21 de diciembre de 2016″.
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